
Efectos de las acciones anti-género
en Paraguay y Perú
A través de un estudio comparado de iniciativas anti-género en Paraguay y Perú contra el enfoque de género en la política educativa, se ahondó en los fundamentos y la efectividad de este tipo de acciones. El foco fueron los posibles efectos colaterales sobre políticas y programas en agendas relativas a la sexualidad, la igualdad de género y los DSR.
Autoras: Laura Castro, Ana Cristina González Vélez, Mirta Moragas, Angélica Motta, Aron Núnez-Curto y Mónica Coronado[1].
Los estudios de las campañas anti-género nos han develado elementos comunes de las apuestas contra la igualdad de género: su carácter trasnacional pone de manifiesto la existencia de grupos articulados a nivel internacional, así como el uso de la figura retórica de “ideología de género” revela el nuevo impulso de los fundamentalismos anti-género contra avances de la Conferencia del Cairo (ONU, 1994) y de las Mujeres en Beijing (1995).
Sus promotores aglomeran diversos grupos con pertenencia religiosa y partidista: la Iglesia Católica y sus organizaciones, las minorías religiosas contrarias al monopolio religioso de la Iglesia Católica, y los partidos conservadores. Sus estrategias se orientan a impactar diferentes espacios: institucionales, urbanos y/o públicos y de las comunicaciones. [2]
Estos elementos no fueron ajenos a las acciones anti-género en Perú y Paraguay contra el enfoque de género en el currículo o la educación sexual integral (2016 y 2017). En Perú, el colectivo denominado “Padres en Acción” presentó una demanda judicial para derogar el nuevo Currículo Nacional de Educación Básica Regular. Mientras tanto la campaña “Con Mis Hijos No Te Metas” (CMHNTM), incluyó acciones legales, de movilización social y presencia mediática. A pesar de su arremetida, la demanda no prosperó.
En Paraguay, por la circulación de materiales falsos atribuidos al Ministerio de Educación y Ciencias, se dio lugar a una audiencia pública y se emitió una resolución de prohibición de los materiales “referentes a la teoría o la ideología de género” en las instituciones educativas. En paralelo, la oposición anti-género se movilizó en medios de comunicación y con protestas sociales.
Los promotores de las acciones anti-género se sirvieron de la agitación político-partidista, especialmente en
contextos de carácter electoral, al tiempo que, de las crisis de gobierno por escándalos de corrupción, fallas en la justicia y polarización frente al gobierno de turno para acomodar en el contexto político las acciones anti-género contra la igualdad de género y los DSR. Aunque existan pocos análisis que vinculen la corrupción con la amenaza para la garantía de los DSR [3], algunos hechos nos convocan a incluir la corrupción como un factor importante para que acciones anti-género prosperen.

¿Cuáles son los fundamentos comunes y frecuentes del discurso anti-género?
Los fundamentos fueron identificados en la revisión de los documentos legales asociados a la acción anti-género y la revisión de medios digitales de prensa en cada país.[4] Para su análisis se optó por una tipología de argumentos:

La revisión de prensa alertó sobre el hecho de que aspectos centrales de los DSR y la SSR (abuso sexual, acoso sexual, embarazo forzado y/o infantil, esclavitud sexual, ETS, técnicas de reproducción asistida, trata de personas y violencia sexual) no reciben ninguna mención en prensa. Existe así un silencio estratégico en la opinión pública y el debate mediático sobre los posibles efectos negativos que tendrían el éxito de las acciones anti-género sobre determinadas áreas de la salud y la vida de las niñas, adolescentes, mujeres y personas LGBTIQ+.
El debate legal y mediático en el caso de la movilización anti-género en Paraguay, refleja como los fundamentos constitucionales reinaron en el debate, aquellos científicos estuvieron ausentes de la resolución de prohibición y los de derecho procesal e internacional no se identificaron ni en prensa ni en el documento normativo. En el caso del Perú mientras en los documentos judiciales de la acción anti-género los fundamentos constitucionales y científicos dominan la estructura argumentativa, para el caso de las notas de prensa son aquellos de tipo ético-moral y político quienes gobiernan el discurso.
Los actores anti-género han construido todo un marco discursivo legal conservador. Así, en la discusión sobre las políticas anti-género, se ha presentado un marco discursivo sustentado en una lectura conservadora de la normativa legal. El objetivo sería desdibujar el alcance de instrumentos internacionales que sustentan el avance de derechos y al mismo tiempo, alejarse de los argumentos únicamente morales o religiosos.
La efectividad de las acciones anti-género: de las cadenas de eventos a efectos compartidos
Cada acción anti-género configura ventanas de oportunidad para el despliegue de nuevas estrategias y eventos de movilización. Tanto en el caso paraguayo como en el peruano, tras las acciones anti-género se identifica un rastro de continuidad del accionar contra la “ideología de género”.
En Perú, luego de la medida cautelar (2018), se identificaron cuatro eventos de persecución contra el enfoque de género, tanto en la política global como en lo particular del campo educativo. Primero, en julio 2018, el Colectivo Padres en Acción y CNMHNTM manifestaron su oposición a través de redes sociales y pronunciamientos mediáticos ante el anuncio presidencial de la pronta expedición de la Política de Igualdad de Género. En noviembre de 2018 y marzo de 2019, se realizaron manifestaciones callejeras. Como siempre, las marchas tuvieron como propósito oponerse contra la denominada “ideología de género”, generar presión contra el presidente para apoyar iniciativas legales de carácter anti-género y demostrar la oposición al rechazo de la acción anti-género.
Para abril de 2019, el colectivo Padres en Acción, a través de un comunicado, se opuso a una mesa de trabajo para revisar los textos escolares de la modalidad de Educación Básica Regular. [5] Por último, entre 2018 y 2019 se ubicaron dos proyectos de ley anti-género: uno buscaba la exclusión de cualquier término que referenciara a la “ideología de género” en el ordenamiento jurídico y otro pretendía regular la vigilancia de los materiales educativos con base a la libertad de decisión de los padres sobre la educación que reciben sus hijos(as).
En Paraguay, el triunfo de la acción anti-género fue precedido por una arremetida contra la igualdad de género y sus contenidos. Primero, representantes del Movimiento Somos Muchos Muchos Más se reunieron con el presidente para agradecer la decisión de prohibición de los materiales educativos. Luego, al menos cinco ciudades se declararon oficialmente como provida y profamilia, además de la declaración de la Cámara de Diputados y de Senadores; buscando “preservar y difundir los valores que sustentan a la familia como institución generadora de la vida y principal responsable de la enseñanza de los niños en valores morales, culturales y espirituales”.
Para marzo de 2019, se expidió otra resolución que prohibió el uso de un material de educación integral de la sexualidad, publicado por SERPAJ. En una decisión motivada por la presión de los sectores conservadores, este mismo año el presidente decidió retirar del Congreso el proyecto de ley que aprobaba el acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe.
En términos comparados, las acciones anti-género derivaron en tres efectos principales. Primero, las acciones anti-género representan una amenaza para la igualdad de género y los DSR, no tanto por la fortaleza de sus argumentos, sino por la capacidad de gestionar el temor. La generación y gestión del miedo a través de las acciones anti-género ha permitido que parte de la sociedad civil rivalice contra la homosexualidad, la destrucción de la familia y los supuestos procesos de colonización extranjera.
Segundo, las acciones anti-género generaron un veto discursivo en el escenario educativo frente a la igualdad de género, el enfoque de género, los DSR y otros temas de educación para la sexualidad. Este silencio se manifiesta en la autocensura por parte de los educadores y las autoridades nacionales en materia educativa, una menor apertura al debate y al diálogo en materia de contenidos educativos frente a la sexualidad, una sensación de mayor legitimidad entre los actores anti-género del escenario educativo para instaurar prácticas de control y censura, mayor apertura para la entrada de organizaciones anti-género con oferta de charlas en el
escenario educativo.
Tercero, las acciones anti-género fomentaron la perdida de complejidad en la comprensión del enfoque de género en el escenario público. Tras las acciones anti-género se percibe que algunos sectores de la institucionalidad nacional con competencias en políticas públicas claves para la garantía de la igualdad de género y los DSR han optado por acotar el sentido y la apuesta transformadora del enfoque de género. Así, se identifica en Paraguay la instauración del concepto “igualdad entre hombres y mujeres” en detrimento del término de enfoque de género y, en Perú, prácticas de omisión al enfoque de género en su dimensión de diversidad sexual, a manera de evadir la distorsión que le asocia a la promoción de la homosexualidad.

Poniendo la lupa en cada caso nacional, destacan otros efectos particulares. En Perú, se hizo evidente (i) la existencia de un bloqueo frente a la realización de materiales educativos con enfoque de género para el abordaje de la sexualidad. De hecho, si bien el material de ESI se ha mantenido en casi la totalidad de su diseño original, es evidente (ii) el rezago de su difusión, dinamización y efectiva comprensión e implementación con los(as) educadores. Incluso, se detecta que el temor instalado al enfoque de género ha implicado bloqueos en otras dimensiones los DSR y la SSR.
No siendo suficiente, la acción anti-género y su resonancia en la sociedad civil habilitó (iii) una ventana de oportunidad para la emergencia de otras iniciativas contra el enfoque de género y el ejercicio de los DSR, en particular el aborto. Aunque las iniciativas legislativas comentadas no tuvieron éxito, sí destaca la reconfiguración del escenario de posibilidad en el que los actores anti-género dimensionaron como estratégico plantear otras arremetidas.
Por último, se manifiesta un (iv) afianzamiento del uso de las acciones y del discurso anti-género como una forma de generar oposición y minar la gobernabilidad del gobierno de turno. Dado que las acciones anti-género se pueden corresponder con crisis políticas o períodos electorales, se identifica que estas estrategias se han hecho frecuentes para servir los intereses de persecución a la denominada “ideología de género” y los fines del contexto político.
En el caso paraguayo, la expedición de la resolución, hizo (i) más complejo abordar y responder a las amenazas a los DSR de los niños, niñas y adolescentes desde el escenario educativo. En especial, se habría incrementado la dificultad para identificar y combatir las violencias sexuales que sufren los adolescentes. A su vez, la resolución tuvo efectos particulares en la respuesta de la institucionalidad ante el enfoque de género y los temas de DSR. Esta logró (ii) erosionar el rol del Ministerio de la Mujer como responsable de transversalizar el enfoque de género en las entidades y políticas públicas nacionales. Mientras el Ministerio no logró cumplir la transversalización del enfoque, la resolución sí pudo “hacer transversal” la prohibición en otros sectores de la política.
En términos de gobierno, (iii) afecto también la coordinación y articulación interinstitucional entre ministerios como el de niñez y salud en temas relacionados con el género y los DSR, al punto que se dificulto más la posibilidad de trabajar entre sectores distintos: niñez, educación y salud. A nivel sociopolítico, dos efectos llaman la atención de manera particular: (iv) se fortaleció el proceso de base de la movilización anti-género con docentes y educadores; (v) la acción anti-género permitió el fortalecimiento de la relación entre los actores del Estado y los grupos anti-género. La prohibición estatal avala el accionar de estos grupos, al tiempo que estos utilizan las decisiones del Estado para justificar sus intervenciones en la sociedad.
En conclusión, las acciones anti-género producen una multiplicidad de efectos asociados al bloqueo institucional, el veto discursivo y la gestión del temor. Si bien suponen una inmovilidad en materia de los temas de igualdad de género y DSR, no bloquean los debates y avances. Sin embargo, consideramos que la amenaza en derechos LGBTIQ+ y el abordaje de la sexualidad desde la niñez sí pueden tener impactos al largo plazo, dado que la discusión mediática suscitada por las acciones anti-género no buscó desmontar la concepción negativa de la homosexualidad y de la vivencia de la sexualidad en la infancia y adolescencia, solo evadieron dichos temas.
[1] Este artículo se basa enteramente en la investigación realizada por las autoras para Flora Tristán, Articulación Feminista Marcosur. La versión completa de esta investigación estará disponible próximamente entre las publicaciones de Flora Tristán. Para su desarrollo se revisaron múltiples fuentes documentales, entre las que se destacan los documentos asociados a la acción anti-género, y se realizaron entrevistas con actores estratégicos de cada país.
[2] Gonzalez, A.C; Castro, L; Motta, A; Amat y León, O; y Burneo, C. (2018). Develando la retórica del miedo de los fundamentalismos.
La Campaña “Con Mis Hijos No Te Metas en Colombia, Ecuador y Perú”. Lima, Perú: Flora Tristan.
Disponible en: https://www.mujeresdelsur-afm.org/wp-content/uploads/2018/12/Develando-la-Retórica-del-Miedo-de-los-Fundamentalismos.pdf
[3] Motta, A. (2019). “La Biología del Odio. Retóricas Fundamentalistas y otras violencias de género”. Lima, Perú: La Siniestra.
[4] En Perú se analizó la sentencia que constituye el primer facil y acoge parcialmente la demanda de Padres en Acción, el fallo de la Corte Suprema que declara infundada la demanda y la medida cautelar dictada por la Corte Superior de Justicia de Lima. Para el caso de Paraguay se analizó el documento de la Resolución 29.664/17, expedida el 5 de octubre de 2017.
[5] Resolución M. N No. 175-2019